Última actualización: 8 de octubre de 2026.
Presentaste tu solicitud de nacionalidad hace meses y no sabes nada. Es normal sentir impaciencia: estos expedientes son largos. Te explicamos dónde consultar en qué punto está el tuyo, cómo no perderte ninguna notificación y qué opciones tienes si pasa un año sin respuesta.
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Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.
En la sede electrónica del Ministerio de Justicia, en el apartado de consulta de expedientes de nacionalidad por residencia. Según la propia sede, hay acceso con certificado digital o Cl@ve y también un acceso sin certificado para la consulta de expedientes.
La consulta te muestra la fase en la que está tu expediente y, si ya te han concedido la nacionalidad, te permite acceder al original electrónico de la resolución notificada.
Importante: el propio Ministerio advierte que la información de esta consulta no tiene carácter de notificación. No cuentes los plazos (por ejemplo, los 180 días de la jura) desde lo que veas en la consulta, sino desde la notificación oficial.
El número aparece en el justificante de presentación de tu solicitud. Si no lo encuentras, las preguntas frecuentes del Ministerio de Justicia (octubre de 2022) indican que puedes escribir a nacionalidad2@mjusticia.es con el asunto "NÚMERO EXPEDIENTE", adjuntando el justificante de registro, tus datos personales y tu NIE. por confirmar
Las notificaciones del expediente de nacionalidad se envían por correo postal o por la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). El correo electrónico, si lo recibes, es solo un aviso.
| Si te notifican… | Qué pasa |
|---|---|
| Por DEHú | Tienes 10 días naturales para abrir la notificación. Si no la abres, se considera rechazada y el trámite sigue adelante como si la hubieras recibido. |
| Por correo postal | Si no estás en casa, Correos deja un aviso para recogerla. |
| Si no te pueden notificar | La notificación se publica en el Tablón Edictal Único (BOE). |
Consejo: entra en la DEHú (dehu.redsara.es) con tu certificado digital o Cl@ve al menos una vez por semana mientras tu expediente esté abierto.
Comunícalo al Ministerio de Justicia con un escrito con tus datos, tu número de expediente R y, si procede, el poder de representación. Puedes presentarlo por el registro electrónico del Ministerio o por correo postal a la Subdirección General de Nacionalidad (calle de la Bolsa, 8, 28012 Madrid), según las preguntas frecuentes del Ministerio.
Un requerimiento significa que falta algún documento o que hay que corregir algo. No es una denegación.
El plazo legal máximo para resolver y notificar es de un año (Real Decreto 1004/2015, artículo 11). Si pasa ese año sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
En la práctica, muchos expedientes tardan más. Que haya pasado el año no significa que te la hayan denegado de verdad: el Ministerio puede seguir resolviendo. Pero sí te abre una opción.
Tienes dos opciones:
La decisión depende de tu caso: el recurso contencioso tiene costes (abogado y procurador). Habla antes con un profesional o una asociación.
Recibirás la notificación de la concesión. Desde ese momento tienes 180 días para la jura o promesa y la inscripción en el Registro Civil, o ante notario. Te lo explicamos en jura de la nacionalidad.
Ayuda gratuita: Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.
Profesionales:
Empieza por la ayuda gratuita: asociaciones y servicios públicos. Si prefieres un profesional de pago, consulta el directorio de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado.
Ayuda gratuita en Alicante Abogados en Alicante Gestorías en Alicante
En la sede electrónica del Ministerio de Justicia, en la consulta de expedientes de nacionalidad, con tu número de expediente R.
No. El Ministerio advierte que la información de la consulta no tiene carácter de notificación.
Si no la abres en 10 días naturales, se considera rechazada y el procedimiento sigue como si la hubieras recibido.
Tres meses desde la notificación. Si no respondes, se te tiene por desistido.
Legalmente, la solicitud se entiende desestimada por silencio y puedes recurrir. Pero el Ministerio puede seguir resolviendo. Consulta con un profesional qué te conviene.
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