Visado de nómada digital en España 2026: requisitos del teletrabajo internacional

Última actualización: 8 de octubre de 2026.

Trabajas en remoto para una empresa o clientes de fuera de España y quieres vivir aquí legalmente. Desde la Ley de Startups de 2022, España tiene una autorización específica para ti: el teletrabajo de carácter internacional, conocido como "visado de nómada digital". Te explicamos quién puede pedirla, cuánto tienes que ganar y cómo se tramita.

Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.

En pocas palabras

  • Es para personas de fuera de la UE que trabajan a distancia para empresas situadas fuera de España. Puedes trabajar para empresas españolas solo hasta el 20 % de tu actividad.
  • Tienes que llevar al menos 3 meses trabajando con esa empresa, y la empresa debe tener al menos 1 año de actividad real.
  • Necesitas un título universitario, de FP o de escuela de negocios, o 3 años de experiencia.
  • Ingresos mínimos: 200 % del salario mínimo al mes (2.442 € con el SMI de 2026), más un 75 % por el primer familiar y un 25 % por cada uno más.
  • Desde tu país pides un visado (máximo 1 año); desde España, una autorización de residencia (máximo 3 años), renovable por 2 años.

¿Qué es el teletrabajo de carácter internacional?

Es una figura creada por la Ley 28/2022 (Ley de Startups), que modificó la Ley 14/2013 (artículos 74 bis a 74 quinquies). Permite a un nacional de un tercer país residir en España y trabajar a distancia, solo con medios telemáticos, para empresas situadas fuera de España.

Lo tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) del Ministerio de Inclusión cuando se pide desde España, y el consulado cuando se pide el visado desde fuera.

¿Quién puede pedirlo?

Requisito Detalle
Nacionalidad Nacional de un país de fuera de la UE, mayor de edad
Tipo de trabajo A distancia, solo con medios telemáticos, para empresas situadas fuera de España
Clientes españoles Permitido solo si no supera el 20 % de tu actividad profesional (y solo en relación profesional, no laboral)
Antigüedad de la relación Al menos 3 meses con la empresa o clientes antes de la solicitud
Empresa Con actividad real y continuada de al menos 1 año
Cualificación Título universitario, de FP o de escuela de negocios de prestigio, o 3 años de experiencia en funciones similares
Autorización de la empresa Si eres trabajador por cuenta ajena: carta de la empresa que autoriza el teletrabajo desde España

¿Cuánto tengo que ganar?

Los medios se calculan sobre el salario mínimo interprofesional (SMI) mensual. Con el SMI de 2026 (1.221 € al mes):

Unidad familiar Mínimo Al mes con el SMI de 2026
Tú 200 % del SMI 2.442 €
Primer familiar + 75 % del SMI + 915,75 €
Cada familiar adicional + 25 % del SMI + 305,25 €

Se acredita con nóminas o facturas de los últimos 3 meses y los certificados bancarios correspondientes. Si tus ingresos no llegan, la UGE indica que puedes completarlos con ahorros que cubran la diferencia durante todo el periodo.

¿Qué más necesito?

  • Seguro médico: público (por tu alta en la Seguridad Social o por convenio con tu país) o privado con una aseguradora autorizada en España. No se aceptan seguros de viaje, de reembolso ni con copagos o carencias.
  • Seguridad Social: si trabajas desde España tienes que cotizar. Como trabajador por cuenta ajena, puedes mantener la cotización de tu país solo si hay convenio bilateral y un certificado de legislación aplicable. Como autónomo, tienes que darte de alta en el RETA.
  • Antecedentes penales de los países de residencia de los últimos 2 años (con excepciones), o una declaración responsable de los últimos 5.
  • Pasaporte completo en vigor.
  • Documentos de la empresa: certificado del registro mercantil, carta de autorización del teletrabajo, perfil del puesto y salario en euros.

Los documentos que no estén en español necesitan traducción jurada, y los públicos extranjeros, legalización o apostilla.

¿Visado o autorización de residencia?

Visado (desde tu país) Autorización de residencia (desde España)
Dónde Consulado español UGE, por vía electrónica
Quién Estés donde estés fuera de España Quien está en España de forma regular o entró con el visado
Duración Máximo 1 año (o la del trabajo, si es menor) Máximo 3 años
Renovación Puedes pedir la residencia en los 60 días anteriores a que caduque el visado Por periodos de 2 años

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

Concepto Dato Fuente
Tasa de la solicitud inicial ante la UGE (modelo 790-038) 73,26 € UGE (preguntas frecuentes)
Tasa del visado Depende del país Consulado
Plazo de resolución (autorizaciones de la Ley 14/2013) 20 días desde la presentación electrónica Ley 14/2013, art. 76.1
Si no contestan Silencio positivo (se entiende concedida) Ley 14/2013, art. 76.1
TIE Obligatoria si la autorización dura más de 6 meses Ley 14/2013, art. 76.2

¿Puede venir mi familia?

Sí. Pueden acompañarte tu cónyuge o pareja, tus hijos menores o mayores a tu cargo y tus ascendientes a cargo. Según la UGE, sus autorizaciones les permiten residir y trabajar sin restricciones. Tienes que acreditar los medios adicionales de la tabla anterior.

¿Qué errores debo evitar?

  • Trabajar más del 20 % para clientes españoles.
  • Presentar un seguro con copagos o un seguro de viaje.
  • No acreditar la antigüedad de 3 meses con la empresa o la de 1 año de la empresa.
  • Olvidar la Seguridad Social: la cotización es obligatoria.
  • Dejar caducar el visado sin pedir la residencia en los 60 días anteriores.

⚠ Cuidado con las estafas

  • Desconfía de "contratos remotos" falsos con empresas extranjeras creadas solo para el visado. La UGE comprueba la actividad real de la empresa.
  • Las tasas oficiales son las de esta guía.

¿Necesitas ayuda?

Profesionales:

Empieza por la ayuda gratuita: asociaciones y servicios públicos. Si prefieres un profesional de pago, consulta el directorio de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado.

Ayuda gratuita en Alicante Abogados en Alicante Gestorías en Alicante

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tengo que ganar para el visado de nómada digital en 2026?

El 200 % del salario mínimo mensual: 2.442 € al mes con el SMI de 2026. Por el primer familiar, un 75 % más (915,75 €) y por cada familiar adicional, un 25 % más (305,25 €).

¿Puedo trabajar para empresas españolas?

Sí, pero solo si esa actividad no supera el 20 % del total de tu actividad profesional.

¿Cuánto dura la residencia de nómada digital?

El visado, un año como máximo. La autorización de residencia pedida en España, hasta tres años, renovable por periodos de dos años.

¿Cuánto tarda la resolución?

La Ley 14/2013 fija un plazo de 20 días desde la presentación electrónica. Si no hay respuesta, se entiende concedida.

¿Necesito título universitario?

No necesariamente: sirve un título universitario, de FP o de escuela de negocios, o tres años de experiencia en funciones similares.

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