Última actualización: 8 de octubre de 2026.
Trabajas en remoto para una empresa o clientes de fuera de España y quieres vivir aquí legalmente. Desde la Ley de Startups de 2022, España tiene una autorización específica para ti: el teletrabajo de carácter internacional, conocido como "visado de nómada digital". Te explicamos quién puede pedirla, cuánto tienes que ganar y cómo se tramita.
Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.
Es una figura creada por la Ley 28/2022 (Ley de Startups), que modificó la Ley 14/2013 (artículos 74 bis a 74 quinquies). Permite a un nacional de un tercer país residir en España y trabajar a distancia, solo con medios telemáticos, para empresas situadas fuera de España.
Lo tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) del Ministerio de Inclusión cuando se pide desde España, y el consulado cuando se pide el visado desde fuera.
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Nacionalidad | Nacional de un país de fuera de la UE, mayor de edad |
| Tipo de trabajo | A distancia, solo con medios telemáticos, para empresas situadas fuera de España |
| Clientes españoles | Permitido solo si no supera el 20 % de tu actividad profesional (y solo en relación profesional, no laboral) |
| Antigüedad de la relación | Al menos 3 meses con la empresa o clientes antes de la solicitud |
| Empresa | Con actividad real y continuada de al menos 1 año |
| Cualificación | Título universitario, de FP o de escuela de negocios de prestigio, o 3 años de experiencia en funciones similares |
| Autorización de la empresa | Si eres trabajador por cuenta ajena: carta de la empresa que autoriza el teletrabajo desde España |
Los medios se calculan sobre el salario mínimo interprofesional (SMI) mensual. Con el SMI de 2026 (1.221 € al mes):
| Unidad familiar | Mínimo | Al mes con el SMI de 2026 |
|---|---|---|
| Tú | 200 % del SMI | 2.442 € |
| Primer familiar | + 75 % del SMI | + 915,75 € |
| Cada familiar adicional | + 25 % del SMI | + 305,25 € |
Se acredita con nóminas o facturas de los últimos 3 meses y los certificados bancarios correspondientes. Si tus ingresos no llegan, la UGE indica que puedes completarlos con ahorros que cubran la diferencia durante todo el periodo.
Los documentos que no estén en español necesitan traducción jurada, y los públicos extranjeros, legalización o apostilla.
| Visado (desde tu país) | Autorización de residencia (desde España) | |
|---|---|---|
| Dónde | Consulado español | UGE, por vía electrónica |
| Quién | Estés donde estés fuera de España | Quien está en España de forma regular o entró con el visado |
| Duración | Máximo 1 año (o la del trabajo, si es menor) | Máximo 3 años |
| Renovación | Puedes pedir la residencia en los 60 días anteriores a que caduque el visado | Por periodos de 2 años |
| Concepto | Dato | Fuente |
|---|---|---|
| Tasa de la solicitud inicial ante la UGE (modelo 790-038) | 73,26 € | UGE (preguntas frecuentes) |
| Tasa del visado | Depende del país | Consulado |
| Plazo de resolución (autorizaciones de la Ley 14/2013) | 20 días desde la presentación electrónica | Ley 14/2013, art. 76.1 |
| Si no contestan | Silencio positivo (se entiende concedida) | Ley 14/2013, art. 76.1 |
| TIE | Obligatoria si la autorización dura más de 6 meses | Ley 14/2013, art. 76.2 |
Sí. Pueden acompañarte tu cónyuge o pareja, tus hijos menores o mayores a tu cargo y tus ascendientes a cargo. Según la UGE, sus autorizaciones les permiten residir y trabajar sin restricciones. Tienes que acreditar los medios adicionales de la tabla anterior.
Profesionales:
Empieza por la ayuda gratuita: asociaciones y servicios públicos. Si prefieres un profesional de pago, consulta el directorio de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado.
Ayuda gratuita en Alicante Abogados en Alicante Gestorías en Alicante
El 200 % del salario mínimo mensual: 2.442 € al mes con el SMI de 2026. Por el primer familiar, un 75 % más (915,75 €) y por cada familiar adicional, un 25 % más (305,25 €).
Sí, pero solo si esa actividad no supera el 20 % del total de tu actividad profesional.
El visado, un año como máximo. La autorización de residencia pedida en España, hasta tres años, renovable por periodos de dos años.
La Ley 14/2013 fija un plazo de 20 días desde la presentación electrónica. Si no hay respuesta, se entiende concedida.
No necesariamente: sirve un título universitario, de FP o de escuela de negocios, o tres años de experiencia en funciones similares.
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