Residencia de larga duración 2026: requisitos tras 5 años en España

Última actualización: 8 de octubre de 2026.

Llevas cinco años con papeles en España y estás cansado de renovar cada poco tiempo. La residencia de larga duración (lo que mucha gente llama "residencia permanente") te permite vivir y trabajar aquí sin límite de tiempo. Te explicamos los requisitos, cómo se cuentan las ausencias y qué diferencia hay entre la larga duración nacional y la de la UE.

Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.

En pocas palabras

  • La pueden pedir quienes llevan 5 años de residencia legal y continuada en España, justo antes de la solicitud.
  • Las ausencias no pueden superar 6 meses seguidos ni 10 meses en total en esos 5 años (18 meses si son por trabajo).
  • Hay dos modalidades: larga duración nacional y larga duración-UE (esta exige además recursos y seguro médico, y facilita moverse a otros países de la UE).
  • Formulario EX-11. Tasa: 21,87 €. Si no contestan en 3 meses, se entiende concedida.
  • La tarjeta (TIE) se renueva cada 5 años (cada 10 a partir de los 30 años de edad del titular).

¿Qué es la residencia de larga duración?

Es la autorización que te permite residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles. Ya no tienes que demostrar cada pocos años que tienes trabajo o medios para renovar: solo renuevas la tarjeta.

Hay dos tipos:

Larga duración nacional Larga duración-UE
Base legal Ley de Extranjería y Reglamento (arts. 182 a 185) Directiva 2003/109/CE y Reglamento (arts. 175 a 178)
5 años de residencia legal Sí Sí
Recursos económicos No los exige la Hoja informativa n.º 49 Sí: 150 % del IPREM para 2 personas
Seguro de enfermedad No lo exige la Hoja informativa n.º 49 Sí
Facilita residir en otros países de la UE No Sí, según lo que decida cada país
Casos especiales sin 5 años Sí (ver abajo) —

¿Qué requisitos tengo que cumplir?

Requisitos comunes

  • No ser ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza.
  • No tener antecedentes penales (en España y en los países donde residiste los últimos 5 años).
  • No ser rechazable en el espacio Schengen ni una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • 5 años de residencia legal y continuada en España inmediatamente antes de la solicitud.
  • Pagar la tasa.

¿Cómo se cuentan las ausencias?

Viajar no rompe la continuidad, siempre que respetes estos límites dentro de los 5 años:

Tipo de ausencia Límite
Ausencias en general Máximo 6 meses seguidos, y 10 meses en total
Ausencias por motivos laborales Máximo 18 meses en total
Fuerza mayor justificada No rompe la continuidad, pero se valora cada caso
Trabajo con ONG o fundaciones de utilidad pública en proyectos de cooperación en el extranjero No rompe la continuidad

Consejo: antes de presentar la solicitud, repasa tu pasaporte y apunta las fechas de entrada y salida. Si alguna ausencia se acerca al límite, consulta antes con un profesional.

Requisitos extra de la larga duración-UE

  • Recursos fijos y regulares: el 150 % del IPREM para una unidad familiar de dos personas (900 € al mes en 2026), y un 50 % más por cada persona adicional. Con menores a cargo hay reglas más favorables (por ejemplo, basta una fuente estable de ingresos igual o superior al salario mínimo).
  • Seguro de enfermedad público o privado con una entidad autorizada en España.
  • Los periodos de estancia por estudios, movilidad de alumnos, voluntariado o formación cuentan al 50 %, siempre que al pedirla ya estés en situación de residencia.

¿Puedo pedir la larga duración nacional sin 5 años?

Sí, en algunos casos especiales:

  • Pensionistas de jubilación contributiva, o de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez contributivas, con una renta suficiente.
  • Personas nacidas en España que, al cumplir 18 años, lleven al menos 3 años seguidos de residencia legal.
  • Personas que fueron españolas de origen y perdieron la nacionalidad.
  • Quienes estuvieron tutelados por una entidad pública española los 5 años anteriores a la mayoría de edad.
  • Refugiados, apátridas y beneficiarios de protección subsidiaria reconocidos en España (o en otro país de la UE).
  • Personas que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España.

¿Qué documentos necesito?

Documento Notas
Formulario EX-11 Rellenado y firmado por ti.
Pasaporte completo en vigor O título de viaje o cédula de inscripción.
Justificante de pago de la tasa 790-052, epígrafe 2.6.
Informe de escolarización de los menores Si tienes hijos en edad escolar obligatoria y pides la larga duración por haber residido 5 años.
Certificado de antecedentes penales Del país de origen o de los países donde viviste los últimos 5 años, si procede.
Documentos del caso especial Por ejemplo, la resolución de pensión o el estatuto de refugiado.
Larga duración-UE: recursos y seguro médico Nóminas, contrato, extractos bancarios y póliza del seguro.

Los documentos de otro país deben ir traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados, salvo exención.

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que llevas 5 años de residencia legal y que tus ausencias no superan los límites.
  2. Elige la modalidad: nacional o UE.
  3. Presenta la solicitud en los 2 meses anteriores a la caducidad de tu autorización actual. Si la presentas en ese plazo, tu autorización se prorroga hasta la resolución. También se admite en los 3 meses posteriores, con riesgo de sanción.
  4. Dónde:
  5. Paga la tasa en 10 días hábiles desde la admisión a trámite.
  6. Si te la conceden, pide la TIE en un mes.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

Concepto Dato Fuente
Tasa de la autorización (790-052, epígrafe 2.6) 21,87 € Orden PJC/617/2025
Tasa de la TIE de larga duración (790-012) 21,87 € Orden PJC/617/2025
Plazo máximo de resolución 3 meses Hojas informativas n.º 49 y 50
Si no contestan Silencio positivo (se entiende concedida) Hojas informativas n.º 49 y 50
Renovación de la tarjeta Cada 5 años hasta los 30 años del titular; después, cada 10 Hojas informativas n.º 49 y 50

¿Tengo que renovar algo después?

La autorización no caduca, pero la tarjeta sí. Renuévala en los 2 meses anteriores a su vencimiento (o en los 3 meses posteriores, con riesgo de sanción). Lleva una foto reciente y la tasa de 21,87 €.

Si pierdes la larga duración (por ejemplo, por largas ausencias), existe un procedimiento para recuperarla, con la misma tasa de 21,87 €.

¿Larga duración o nacionalidad?

No son incompatibles: la larga duración llega a los 5 años; la nacionalidad española por residencia exige normalmente 10 años (2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal). Si te interesa, lee requisitos de la nacionalidad por residencia.

¿Qué errores debo evitar?

  • Superar los límites de ausencia sin darte cuenta (6 meses seguidos o 10 en total).
  • Pedir la larga duración-UE sin seguro médico o sin acreditar los recursos.
  • Dejar caducar la tarjeta pensando que la larga duración no se renueva.
  • No presentar el informe de escolarización de tus hijos, si procede.

⚠ Cuidado con las estafas

  • La cita previa es gratuita. No pagues a nadie por conseguirla.
  • Nadie puede garantizarte una resolución. La tasa se paga solo con el impreso oficial 790.

¿Necesitas ayuda?

Ayuda gratuita: Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.

Profesionales:

Empieza por la ayuda gratuita: asociaciones y servicios públicos. Si prefieres un profesional de pago, consulta el directorio de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos años necesito para la residencia de larga duración?

Cinco años de residencia legal y continuada en España, justo antes de la solicitud. Hay casos especiales que no exigen esos cinco años.

¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España?

Hasta seis meses seguidos y diez meses en total dentro de los cinco años. Si las ausencias son por trabajo, hasta dieciocho meses en total.

¿Qué diferencia hay entre larga duración nacional y UE?

La larga duración-UE exige además recursos económicos y seguro de enfermedad, y facilita obtener residencia en otros países de la Unión Europea.

¿Cuánto cuesta la residencia de larga duración?

La tasa de la autorización es de 21,87 € y la de la tarjeta, otros 21,87 €.

¿Qué pasa si no me contestan?

Si no hay respuesta en tres meses, la solicitud puede entenderse concedida por silencio administrativo positivo.

¿La tarjeta de larga duración caduca?

La autorización no, pero la tarjeta se renueva cada cinco años hasta que el titular cumple 30 años, y cada diez años a partir de entonces.

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