Nacionalidad española por residencia 2026: requisitos, documentos y tasa

Última actualización: 8 de octubre de 2026.

Llevas años viviendo en España y quieres dar el último paso: ser español. La nacionalidad por residencia es el camino más habitual, pero el tiempo que necesitas depende de tu país y de tu situación familiar. Te explicamos cuántos años te piden, qué exámenes tienes que aprobar, qué documentos preparar y cómo se presenta la solicitud.

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En pocas palabras

  • El plazo general es de 10 años de residencia legal y continuada. Son 2 años si eres de un país iberoamericano, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o sefardí; 5 años si eres refugiado; y 1 año en casos concretos (por ejemplo, si llevas un año casado con un español o has nacido en España).
  • Tienes que demostrar buena conducta cívica e integración: en general, aprobar el DELE A2 y el CCSE del Instituto Cervantes.
  • La solicitud se presenta por internet en la sede del Ministerio de Justicia. La tasa es de 104,05 €.
  • El plazo legal para resolver es de 1 año. Si no contestan, se entiende denegada.
  • Si te la conceden, tienes 180 días para la jura o promesa.

¿Cuántos años de residencia necesito?

Lo fija el artículo 22 del Código Civil:

Tu situación Años de residencia
Regla general 10 años
Refugiado 5 años
Nacional de origen de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o persona sefardí 2 años
Nacido en territorio español 1 año
No ejerciste a tiempo el derecho de opción 1 año
Estuviste bajo tutela, guarda o acogimiento de un español o de una institución española durante 2 años seguidos 1 año
Llevas 1 año casado con una persona española (sin separación legal o de hecho) 1 año
Viudo o viuda de una persona española (sin separación en el momento del fallecimiento) 1 año
Nacido fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles 1 año

¿Qué significa "residencia legal, continuada e inmediatamente anterior"?

  • Legal: con autorización de residencia. El tiempo sin papeles no cuenta.
  • Continuada: sin interrupciones importantes.
  • Inmediatamente anterior: los años tienen que ser justo antes de la solicitud.

por confirmar

¿Cuentan los años con tarjeta de estudiante? Es una pregunta muy frecuente y la respuesta ha cambiado con la jurisprudencia. Consúltalo con un profesional antes de presentar la solicitud. por confirmar

¿Qué más tengo que demostrar?

Buena conducta cívica

Para valorarla, el Ministerio de Justicia revisa tu certificado de antecedentes penales y pide un informe al Ministerio del Interior, que es obligatorio (artículo 8 del Reglamento).

Integración: DELE A2 y CCSE

El Reglamento de nacionalidad (Real Decreto 1004/2015, art. 6) exige aprobar dos pruebas del Instituto Cervantes:

  • el DELE A2 (o superior), que acredita tu nivel de español. Están exentos los nacionales de países o territorios donde el español es idioma oficial;
  • el CCSE, sobre la Constitución y la realidad social y cultural de España. Lo tienen que hacer todos, también los hispanohablantes.

Hay exenciones y dispensas:

  • Menores de 18 años: no hacen las pruebas; se acredita su integración con certificados escolares.
  • Personas que han estudiado en España y tienen la ESO u otro título oficial español superior: dispensa de las pruebas.
  • Personas que no saben leer ni escribir o tienen dificultades de aprendizaje: pueden pedir una dispensa al Ministerio de Justicia, antes de presentar la solicitud.

Te lo explicamos todo en examen DELE A2 y examen CCSE.

¿Qué documentos necesito?

Según el artículo 5 del Reglamento (Real Decreto 1004/2015):

Documento Notas
Formulario de solicitud Se rellena en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Certificado de nacimiento de tu país Legalizado o apostillado y traducido si no está en español. Es el único documento que puede tener más de 6 meses.
Pasaporte Copia.
Certificado de antecedentes penales de tu país de origen Legalizado o apostillado y traducido. Los ciudadanos de la UE pueden aportar el certificado español. Si no indica validez, el Ministerio lo considera válido 6 meses desde su expedición.
Diplomas DELE A2 y CCSE O el documento que acredite la exención o dispensa.
Justificante de pago de la tasa Modelo 790, código 026.
Documentos de tu caso especial Por ejemplo, certificado de matrimonio y nacimiento del cónyuge español, estatuto de refugiado, acreditación sefardí…

Todos los documentos tienen que estar en vigor el día que presentas la solicitud. Te lo explicamos en antecedentes penales y apostilla y traducción jurada.

Si alguien presenta la solicitud por ti (un abogado o un gestor), necesita un poder de representación. Guarda tú también una copia de todo lo que se presenta.

¿Cómo se presenta la solicitud?

La tramitación es electrónica en todas sus fases.

  1. Aprueba o acredita la exención del DELE A2 y del CCSE.
  2. Consigue los certificados de nacimiento y de antecedentes penales de tu país, legalizados o apostillados y traducidos.
  3. Paga la tasa 790-026 (104,05 €). El impreso se descarga en la sede del Ministerio de Justicia: no lo fotocopies, porque cada uno tiene un código único.
  4. Entra en la sede electrónica del Ministerio de Justicia con certificado digital o Cl@ve, rellena el formulario y adjunta los documentos escaneados.
  5. Firma con AutoFirma y guarda el justificante con el número de registro.

Tienes dos meses desde que creas el borrador para firmarlo y presentarlo; si no, se borra automáticamente.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

Concepto Dato Fuente
Tasa de la solicitud (790-026) 104,05 € Ministerio de Justicia
DELE A2 (en España) 138 € Centro examinador (Universitat de València, 2026)
CCSE 85 € (incluye dos intentos) Instituto Cervantes
Plazo máximo para resolver 1 año Real Decreto 1004/2015, art. 11
Si no contestan en un año Silencio negativo (denegada) Real Decreto 1004/2015, art. 11
Plazo para corregir documentos si te los piden 3 meses (si no, se te tiene por desistido) Real Decreto 1004/2015, art. 10
Plazo para la jura tras la concesión 180 días desde la notificación Real Decreto 1004/2015, art. 12

A esto se suman los costes de certificados, apostillas y traducciones. Orientaciones en cuánto cuesta la nacionalidad.

¿Y después de presentarla?

  • Sigue el estado de tu expediente en la sede del Ministerio de Justicia. Te lo explicamos en estado del expediente de nacionalidad.
  • Vigila las notificaciones: llegan por correo postal o por la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Si no abres una notificación electrónica en 10 días, se considera practicada.
  • Si te piden documentos, tienes 3 meses para aportarlos.
  • Si te la conceden, tienes 180 días para la jura o promesa ante el Registro Civil o ante notario.
  • Si te la deniegan o no contestan en un año, puedes recurrir: recurso por denegación de nacionalidad.

¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad?

En la jura tienes que declarar que renuncias a tu nacionalidad anterior (artículo 23 del Código Civil). No tienen que renunciar los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, ni las personas sefardíes. Qué efecto tiene esa renuncia en tu país depende de su propia ley: consúltalo en tu consulado.

¿Qué errores debo evitar?

  • Contar años sin autorización de residencia. Solo cuenta la residencia legal.
  • Presentar el certificado de antecedentes caducado. Pídelo cuando ya tengas todo lo demás.
  • Olvidar la apostilla o la traducción jurada del certificado de nacimiento.
  • Presentar la solicitud sin haber aprobado el DELE o el CCSE (ni tener la exención).
  • No revisar la DEHú. Una notificación no abierta en 10 días cuenta como recibida.
  • Dejar pasar los 180 días para la jura.

⚠ Cuidado con las estafas

  • Nadie puede "acelerar" tu expediente de nacionalidad a cambio de dinero.
  • El impreso de la tasa 790-026 es gratuito y se descarga en la sede oficial del Ministerio de Justicia.
  • Desconfía de academias que venden "aprobados garantizados" del DELE o del CCSE.

¿Necesitas ayuda?

Ayuda gratuita: Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.

Profesionales y academias:

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Academias DELE y CCSE en Alicante

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años necesito para la nacionalidad española?

Diez años como regla general; cinco si eres refugiado; dos si eres nacional de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o sefardí; y uno en casos como haber nacido en España o llevar un año casado con un español.

¿Tengo que hacer el DELE A2 si soy de un país hispanohablante?

No. Los nacionales de países donde el español es idioma oficial están exentos del DELE, pero tienen que aprobar el CCSE.

¿Cuánto cuesta pedir la nacionalidad española?

La tasa del Ministerio de Justicia es de 104,05 €. A eso se suman el DELE A2 (si te corresponde), el CCSE (85 €), certificados, apostillas y traducciones.

¿Cuánto tarda la nacionalidad española?

El plazo legal máximo es de un año. Si no hay respuesta en ese tiempo, la solicitud se entiende denegada y puedes recurrir.

¿Puedo presentar la solicitud en papel?

La tramitación es electrónica. Si no tienes certificado digital ni Cl@ve, un profesional puede presentarla por ti con un poder de representación.

¿Pierdo mi nacionalidad de origen?

En la jura declaras renunciar a ella, salvo si eres de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o sefardí. El efecto real depende de la ley de tu país.

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