Última actualización: 8 de octubre de 2026.
Llevas cinco años con papeles en España y estás cansado de renovar cada poco tiempo. La residencia de larga duración (lo que mucha gente llama "residencia permanente") te permite vivir y trabajar aquí sin límite de tiempo. Te explicamos los requisitos, cómo se cuentan las ausencias y qué diferencia hay entre la larga duración nacional y la de la UE.
Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.
Es la autorización que te permite residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles. Ya no tienes que demostrar cada pocos años que tienes trabajo o medios para renovar: solo renuevas la tarjeta.
Hay dos tipos:
| Larga duración nacional | Larga duración-UE | |
|---|---|---|
| Base legal | Ley de Extranjería y Reglamento (arts. 182 a 185) | Directiva 2003/109/CE y Reglamento (arts. 175 a 178) |
| 5 años de residencia legal | Sí | Sí |
| Recursos económicos | No los exige la Hoja informativa n.º 49 | Sí: 150 % del IPREM para 2 personas |
| Seguro de enfermedad | No lo exige la Hoja informativa n.º 49 | Sí |
| Facilita residir en otros países de la UE | No | Sí, según lo que decida cada país |
| Casos especiales sin 5 años | Sí (ver abajo) | — |
Viajar no rompe la continuidad, siempre que respetes estos límites dentro de los 5 años:
| Tipo de ausencia | Límite |
|---|---|
| Ausencias en general | Máximo 6 meses seguidos, y 10 meses en total |
| Ausencias por motivos laborales | Máximo 18 meses en total |
| Fuerza mayor justificada | No rompe la continuidad, pero se valora cada caso |
| Trabajo con ONG o fundaciones de utilidad pública en proyectos de cooperación en el extranjero | No rompe la continuidad |
Consejo: antes de presentar la solicitud, repasa tu pasaporte y apunta las fechas de entrada y salida. Si alguna ausencia se acerca al límite, consulta antes con un profesional.
Sí, en algunos casos especiales:
| Documento | Notas |
|---|---|
| Formulario EX-11 | Rellenado y firmado por ti. |
| Pasaporte completo en vigor | O título de viaje o cédula de inscripción. |
| Justificante de pago de la tasa | 790-052, epígrafe 2.6. |
| Informe de escolarización de los menores | Si tienes hijos en edad escolar obligatoria y pides la larga duración por haber residido 5 años. |
| Certificado de antecedentes penales | Del país de origen o de los países donde viviste los últimos 5 años, si procede. |
| Documentos del caso especial | Por ejemplo, la resolución de pensión o el estatuto de refugiado. |
| Larga duración-UE: recursos y seguro médico | Nóminas, contrato, extractos bancarios y póliza del seguro. |
Los documentos de otro país deben ir traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados, salvo exención.
| Concepto | Dato | Fuente |
|---|---|---|
| Tasa de la autorización (790-052, epígrafe 2.6) | 21,87 € | Orden PJC/617/2025 |
| Tasa de la TIE de larga duración (790-012) | 21,87 € | Orden PJC/617/2025 |
| Plazo máximo de resolución | 3 meses | Hojas informativas n.º 49 y 50 |
| Si no contestan | Silencio positivo (se entiende concedida) | Hojas informativas n.º 49 y 50 |
| Renovación de la tarjeta | Cada 5 años hasta los 30 años del titular; después, cada 10 | Hojas informativas n.º 49 y 50 |
La autorización no caduca, pero la tarjeta sí. Renuévala en los 2 meses anteriores a su vencimiento (o en los 3 meses posteriores, con riesgo de sanción). Lleva una foto reciente y la tasa de 21,87 €.
Si pierdes la larga duración (por ejemplo, por largas ausencias), existe un procedimiento para recuperarla, con la misma tasa de 21,87 €.
No son incompatibles: la larga duración llega a los 5 años; la nacionalidad española por residencia exige normalmente 10 años (2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal). Si te interesa, lee requisitos de la nacionalidad por residencia.
Ayuda gratuita: Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.
Profesionales:
Empieza por la ayuda gratuita: asociaciones y servicios públicos. Si prefieres un profesional de pago, consulta el directorio de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado.
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Cinco años de residencia legal y continuada en España, justo antes de la solicitud. Hay casos especiales que no exigen esos cinco años.
Hasta seis meses seguidos y diez meses en total dentro de los cinco años. Si las ausencias son por trabajo, hasta dieciocho meses en total.
La larga duración-UE exige además recursos económicos y seguro de enfermedad, y facilita obtener residencia en otros países de la Unión Europea.
La tasa de la autorización es de 21,87 € y la de la tarjeta, otros 21,87 €.
Si no hay respuesta en tres meses, la solicitud puede entenderse concedida por silencio administrativo positivo.
La autorización no, pero la tarjeta se renueva cada cinco años hasta que el titular cumple 30 años, y cada diez años a partir de entonces.
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