Permiso de trabajo en España 2026: todas las vías para trabajar legalmente

Última actualización: 11 de octubre de 2026.

Quieres trabajar legalmente en España, pero cuando buscas "permiso de trabajo" encuentras decenas de trámites distintos. Es normal: no existe un único permiso de trabajo, sino varias vías según dónde estés y cuál sea tu situación. Te ayudamos a encontrar la tuya, con los requisitos, las tasas y los plazos de 2026.

Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.

En pocas palabras

  • En España no hay un "permiso de trabajo" único: el derecho a trabajar va unido a tu autorización de residencia.
  • Si estás en tu país, la vía habitual es que una empresa española pida por ti una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Si ya estás en España sin papeles, la vía más directa con un contrato es el arraigo sociolaboral.
  • Si ya tienes una autorización, puede que ya te permita trabajar o que puedas modificarla.
  • Los estudiantes de estudios superiores pueden trabajar hasta 30 horas semanales.
  • El NIE no es un permiso de trabajo. Y si eres de la UE, del EEE o de Suiza, no necesitas permiso.

¿Cuál es mi vía? Encuentra tu caso

Tu situación Vía Más información
Eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza No necesitas permiso de trabajo Trabajar en España
Estás en tu país y una empresa española quiere contratarte Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena Más abajo
Estás en tu país y quieres venir para una campaña agrícola Contratación en origen (GECCO) Trabajar en el campo
Estás en tu país y quieres montar un negocio Autorización inicial por cuenta propia Alta de autónomo para extranjeros
Estás en España sin autorización, llevas 2 años y tienes un contrato Arraigo sociolaboral Arraigo sociolaboral
Estás en España sin autorización, llevas 2 años, sin contrato Arraigo social o socioformativo Arraigo social
Tienes un arraigo, reagrupación o regularización Ya puedes trabajar (revisa los límites de tu caso) Renovación
Eres estudiante Trabajo compatible con los estudios, hasta 30 h/semana De estudiante a residencia y trabajo
Tienes una autorización que no permite trabajar (no lucrativa) Modificación Más abajo
Trabajas en remoto para empresas extranjeras Teletrabajo internacional Visado de nómada digital
Has pedido asilo Depende del tiempo de espera Asilo en España
Tu pareja o familiar es español Autorización de familiar de español Familiares de españoles

Contratación desde tu país (cuenta ajena)

Es la autorización que pide la empresa para contratarte cuando todavía estás fuera de España (Hoja informativa n.º 12). Es para contratos de más de 90 días y menos de 5 años.

¿Qué tiene que demostrar la empresa?

1. La situación nacional de empleo. La empresa tiene que justificar que no encuentra a alguien en el mercado español para ese puesto:

  • si la ocupación está en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, que el SEPE publica cada trimestre, se cumple directamente (para Alicante, en el tercer trimestre de 2026, por ejemplo instaladores electricistas, carpinteros de aluminio y PVC u operadores de grúa);
  • si no, la empresa debe publicar una oferta en el portal Empléate y en los Servicios Públicos de Empleo, que informan sobre la dificultad de cubrirlo;
  • hay excepciones previstas en el artículo 40 de la Ley de Extranjería y acuerdos con algunos países.

2. Que puede contratarte. Debe estar inscrita en la Seguridad Social, al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y tener medios suficientes. Si es una persona física (por ejemplo, para el servicio doméstico), tiene que acreditar que, después de pagar tu salario, le queda el 50 % del salario mínimo si no tiene familia a cargo (100 % si son dos en la familia y un 25 % más por cada miembro adicional).

3. Un contrato firmado por las dos partes, ajustado al convenio. Si es a tiempo parcial, la retribución anual debe ser igual o superior al salario mínimo a jornada completa.

¿Cómo es el proceso?

  1. La empresa presenta la solicitud (EX-03) por internet, en la plataforma Mercurio.
  2. La Administración resuelve en 3 meses (si no contesta, se entiende denegada).
  3. Si se concede, tú pides el visado en el consulado español en un mes desde que notifican a la empresa. Necesitas pasaporte con al menos un año de vigencia, antecedentes penales y certificado médico.
  4. El consulado resuelve en un mes. Tienes otro mes para recoger el visado y 3 meses para entrar en España.
  5. En los 3 meses siguientes a tu entrada, te das de alta en la Seguridad Social.
  6. En el mes siguiente al alta, pides la TIE.

Tasas

Tasa Importe Quién la paga
790-052, epígrafe 2.1.3 (residencia y trabajo, inicial) 10,94 € El trabajador
790-062, epígrafe 3.2.1.a (salario inferior a 2 veces el SMI) 203,84 € La empresa
790-062, epígrafe 3.2.1.b (salario igual o superior a 2 veces el SMI) 407,71 € La empresa
790-012 (primera TIE) 16,08 € El trabajador

Ya estoy en España con autorización: la modificación

Si tienes una autorización de residencia y quieres cambiarla para trabajar, o pasar de cuenta ajena a cuenta propia, existe la modificación (Hojas informativas n.º 55 y 55 bis), con el formulario EX-26.

Tu situación Lo que necesitas Duración de la nueva autorización
Residencia que permite trabajar, de menos de un año Situación nacional de empleo favorable y un contrato 1 año
Residencia que permite trabajar, de más de un año Alguno de los supuestos de la renovación (seguir trabajando, 3 meses por año con nuevo contrato, prestación…) 4 años
Residencia que no permite trabajar (por ejemplo, no lucrativa), de menos de un año Situación nacional de empleo favorable y un contrato (solo cuenta ajena) 1 año
Residencia que no permite trabajar, de más de un año Contrato (cuenta ajena) o actividad con inversión suficiente (cuenta propia), sin situación nacional de empleo 1 año
Arraigo de segunda oportunidad o sociolaboral, al terminar el año Modificación según el artículo 191 del Reglamento Según el caso

Tasas de la modificación: 10,94 € (790-052, epígrafe 2.5.2), más la tasa de trabajo que paga la empresa. Si no contestan en 3 meses, se entiende denegada. La nueva autorización queda condicionada a tu alta en la Seguridad Social en un mes.

¿Y si trabajo sin permiso de trabajo?

Según la Ley de Extranjería, trabajar sin autorización cuando tampoco tienes residencia válida es una infracción grave (multa de 501 a 10.000 €), y la empresa comete una infracción muy grave (de 10.001 a 100.000 € por cada trabajador). Tus derechos laborales se mantienen, pero no puedes cobrar el paro. Te lo explicamos en trabajar en España siendo extranjero.

¿Qué errores debo evitar?

  • Empezar a trabajar sin autorización o antes de que la autorización tenga efecto.
  • Firmar un contrato que no cumple el salario mínimo proporcional.
  • Viajar a España como turista para "buscar contrato" y quedarte después: complica tu situación.
  • No darte de alta en la Seguridad Social en el plazo.

⚠ Cuidado con las estafas

  • Nunca pagues por una "oferta de trabajo" o un contrato. Las ofertas falsas para conseguir papeles son una estafa frecuente y pueden llevar a una denegación → ofertas de trabajo falsas.
  • Las tasas oficiales son las de esta guía y se pagan con el impreso 790.
  • Desconfía de agencias que te piden dinero por adelantado para "conseguirte" un empleo en España.

¿Necesitas ayuda?

Ayuda gratuita: sindicatos y asociaciones asesoran sobre contratos y autorizaciones en Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.

Para buscar empleo: inscripción en LABORA y portales de empleo.

Profesionales:

Empieza por la ayuda gratuita: asociaciones y servicios públicos. Si prefieres un profesional de pago, consulta el directorio de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado.

Ayuda gratuita en Alicante Abogados en Alicante Gestorías en Alicante

Preguntas frecuentes

¿Cómo consigo un permiso de trabajo en España?

Depende de tu situación: desde tu país, con una oferta de una empresa española; desde España sin papeles, con el arraigo sociolaboral si llevas 2 años y tienes contrato; y si ya tienes una autorización, a veces ya te permite trabajar o puedes modificarla.

¿Qué es el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura?

Una lista de ocupaciones que el SEPE publica cada trimestre. Si el puesto está en ella, la empresa no tiene que demostrar que no encuentra trabajadores en España. Consulta la lista para Alicante.

¿Cuánto cuesta el permiso de trabajo?

Para la autorización inicial por cuenta ajena: 10,94 € el trabajador, y 203,84 € o 407,71 € la empresa según el salario, más 16,08 € de la TIE.

¿Puedo trabajar con el NIE?

No. El NIE es solo un número de identificación. Necesitas una autorización que te permita trabajar.

¿Puede contratarme una empresa si estoy en España sin papeles?

No por la vía de contratación en origen. Si llevas dos años en España, la empresa puede firmar contigo un contrato para que pidas el arraigo sociolaboral.

¿Cuántas horas puede trabajar un estudiante?

Hasta 30 horas semanales, en una actividad compatible con los estudios.

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