Última actualización: 11 de octubre de 2026.
Tu tarjeta de residencia caduca pronto y no quieres quedarte sin papeles. La buena noticia es que, si la pides a tiempo, tu autorización sigue siendo válida mientras esperas la respuesta. Te explicamos cuándo pedir la renovación, qué requisitos te piden según tu tipo de tarjeta y cuánto cuesta.
Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.
| Momento | ¿Qué pasa? |
|---|---|
| 2 meses antes de la caducidad | Es el plazo normal. Tu autorización se prorroga hasta la resolución. |
| Hasta 3 meses después de la caducidad | Se admite y también prorroga la validez, pero te pueden abrir un procedimiento sancionador. |
| Más de 3 meses después | Ya no se puede renovar por la vía normal. Consulta la guía del arraigo de segunda oportunidad. |
Consejo: apunta en el calendario del móvil una alarma tres meses antes de la fecha de caducidad de tu tarjeta. Así tendrás un mes para preparar los papeles antes de que se abra el plazo.
Es la renovación más habitual. Tienes que acreditar uno de estos supuestos:
Formulario EX-03. Si no cumples algún requisito, la Oficina de Extranjería puede valorar un informe de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma.
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Tasa del trabajador (790-052, epígrafe 2.2.3) | 16,40 € |
| Tasa del empleador (790-062, epígrafe 3.2.2) | 81,54 € (la paga la empresa) |
| Duración de la renovación | 4 años |
| Si no contestan en 3 meses | Silencio positivo: se entiende concedida. Puedes pedir un certificado que lo acredite. |
Tienes que acreditar uno de estos supuestos: que sigues con la actividad y estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social; que cobras la protección por cese de actividad; que eres autónomo económicamente dependiente y tu contrato terminó por causas ajenas a ti; que cobras una prestación por desempleo o asistencial; o que un familiar puede reagruparte.
Formulario EX-07. Tasas: 16,40 € (790-052, epígrafe 2.2.3) y 81,54 € (790-062, epígrafe 3.3.2). Duración: 4 años. Silencio positivo a los 3 meses.
Tienes que mantener el vínculo familiar y tanto tú como tu reagrupante debéis tener la autorización en vigor (o dentro de los 3 meses siguientes a su caducidad). Si hay menores en edad escolar, hay que acreditar su escolarización.
Formulario EX-02 (o EX-11 si tu reagrupante tiene la larga duración). Tasa: 16,40 €. Duración: 4 años, y te permite trabajar. Silencio positivo a los 3 meses. Más en reagrupación familiar.
Tienes que demostrar medios económicos suficientes para ti y tu familia sin trabajar, haber tenido y seguir teniendo un seguro de enfermedad, y haber estado en España más de 183 días en el año natural.
Formulario EX-01. Tasa: 16,40 € (epígrafe 2.2.1). Duración: 2 años. Silencio positivo a los 3 meses. Más en visado no lucrativo.
Las autorizaciones de arraigo de segunda oportunidad, sociolaboral y social se prorrogan por periodos de un año si demuestras que buscas empleo activamente y estás inscrito en el servicio público de empleo (LABORA en la Comunitat Valenciana), salvo enfermedad, discapacidad o edad de jubilación. Para el socioformativo se pide la promoción de curso o el título obtenido. Tasa de la prórroga: 16,40 € (epígrafe 2.4).
Si tienes trabajo, a menudo es mejor modificar la autorización a una de residencia y trabajo ordinaria (que dura 4 años si llevas más de un año de residencia). Consúltalo en permiso de trabajo.
Para la regularización extraordinaria de 2026, mira la sección "prórroga de 2027" de su guía.
La autorización de residencia de familiar de persona española se renueva por 5 años si se mantienen las condiciones. Plazo: 2 meses antes o 3 meses después. Ver familiares de españoles.
Cuando te concedan la renovación, tienes un mes desde la notificación para pedir la nueva tarjeta en la comisaría, con cita previa. Lleva el pasaporte en vigor, una fotografía reciente en color con fondo blanco tamaño carné y la tasa pagada. Si has cambiado de domicilio, el empadronamiento con menos de 3 meses.
| Tasa de la TIE (790-012) | Importe |
|---|---|
| Renovación de residencia temporal | 19,30 € |
| Larga duración o larga duración-UE | 21,87 € |
| Familiar de español | 12,00 € |
Paso a paso en la guía de la TIE y la toma de huellas.
Si llevas cinco años de residencia legal y continuada, ya no hace falta renovar como hasta ahora: puedes pedir la residencia de larga duración, que te permite vivir y trabajar en España sin límite de tiempo. Te lo explicamos en residencia de larga duración.
Ayuda gratuita: Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.
Profesionales:
Empieza por la ayuda gratuita: asociaciones y servicios públicos. Si prefieres un profesional de pago, consulta el directorio de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado.
Ayuda gratuita en Alicante Abogados en Alicante Gestorías en Alicante
Desde dos meses antes de la fecha de caducidad. También se admite hasta tres meses después, con riesgo de sanción.
Si la pediste en plazo, tu autorización anterior se prorroga hasta la resolución, así que conservas los mismos derechos.
En las renovaciones de trabajo por cuenta ajena o propia, reagrupación familiar y no lucrativa, si no hay respuesta en tres meses se entiende concedida (silencio positivo). Puedes pedir un certificado que lo acredite.
Depende del caso. Para trabajo por cuenta ajena: 16,40 € de tasa del trabajador, 81,54 € que paga la empresa y 19,30 € de la nueva TIE.
Puede que sí: si has trabajado al menos tres meses por año y perdiste el empleo por causas ajenas a ti y estás inscrito como demandante, o si cobras una prestación. Revisa los supuestos con un profesional.
Cuatro años para trabajo y reagrupación familiar, dos años para la no lucrativa y un año para las prórrogas de arraigo.
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