Última actualización: 8 de octubre de 2026.
Quieres montar tu propio negocio, trabajar como repartidor por tu cuenta o abrir una tienda. Antes de darte de alta, hay una pregunta clave: ¿tu autorización de residencia te permite trabajar por cuenta propia? Te explicamos cómo saberlo y los pasos para darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
Datos por confirmar. Esta página tiene 1 dato marcado como por confirmar porque todavía no hemos podido comprobarlo en la fuente oficial. Compruébalo en las fuentes oficiales que enlazamos al final antes de actuar.
Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. Lee el aviso al final de la página.
| Tu autorización | ¿Puedes trabajar por cuenta propia? | Fuente |
|---|---|---|
| Arraigo social, sociolaboral, familiar o de segunda oportunidad | Sí, sin limitación de zona ni sector | Art. 131 del Reglamento de Extranjería |
| Arraigo socioformativo | No: solo por cuenta ajena, hasta 30 horas | Art. 131 del Reglamento |
| Regularización extraordinaria | Sí | Hoja informativa n.º 28 ter |
| Reagrupación familiar (cónyuge, pareja, hijos en edad laboral) | Sí, sin trámite adicional | Hoja informativa n.º 8 |
| Familiar de español | Sí | Hoja informativa n.º 18 |
| Larga duración | Sí, como un español | Hojas informativas n.º 49 y 50 |
| Estancia por estudios superiores | Sí, si es compatible con los estudios y sin pasar de 30 horas semanales | Art. 57 del Reglamento |
| Búsqueda de empleo tras los estudios | No | Hoja informativa n.º 20 |
| Residencia no lucrativa | No | Hoja informativa n.º 6 |
| Residencia y trabajo por cuenta ajena | No directamente: necesitas una modificación | Hoja informativa n.º 55 |
Si tu autorización es solo por cuenta ajena y llevas más de un año de residencia, puedes pedir la modificación a residencia y trabajo por cuenta propia (formulario EX-26). Te lo explicamos en permiso de trabajo.
Existe una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia (Hoja informativa n.º 14). Se pide en el consulado español con el formulario EX-07 y exige, entre otras cosas:
Tasas: 10,94 € (790-052) y 203,84 € (790-062). Si te la conceden, la primera autorización dura un año y se limita a una comunidad autónoma y a un sector de actividad. Tras entrar en España, tienes 3 meses para darte de alta en la Seguridad Social.
Presenta el modelo 036 de declaración censal en la Agencia Tributaria. Desde el 3 de febrero de 2025, el antiguo modelo 037 (declaración censal simplificada) ya no existe, así que el alta como autónomo se hace con el modelo 036.
En el 036 indicas tu actividad (epígrafe del IAE), tu domicilio fiscal y el de la actividad, y los impuestos que te corresponden.
Date de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el portal Import@ss de la Seguridad Social.
Según tu actividad, necesitarás una licencia o una declaración responsable del ayuntamiento, sobre todo si abres un local. Consúltalo en el ayuntamiento antes de firmar un alquiler.
Desde 2023, la cuota de autónomos depende de tus rendimientos netos. Para empezar, existe una cuota reducida:
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Importe | 80 € al mes |
| Duración | 12 meses |
| Ampliación | 12 meses más si tus rendimientos netos anuales son inferiores al salario mínimo |
| Quién puede pedirla | Quien se da de alta por primera vez o no ha sido autónomo en los 2 años anteriores (3 años si ya la disfrutó antes) |
| Base legal | Art. 38 ter de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo |
La cuota reducida se pide al hacer el alta en Import@ss. Algunas comunidades autónomas tienen ayudas que cubren esa cuota. por confirmar
Ayuda gratuita: las organizaciones de autónomos y los servicios municipales de empleo y emprendimiento suelen asesorar gratis. Mira Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.
Gestorías:
Consulta en el directorio los profesionales de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado o la habilitación con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado. Recuerda que también existen opciones gratuitas.
El NIE no basta. Necesitas una autorización de residencia que te permita trabajar por cuenta propia.
Sí. El arraigo social, sociolaboral, familiar y de segunda oportunidad permiten trabajar por cuenta propia sin limitación de zona ni sector. El socioformativo no.
Si cumples los requisitos, 80 € al mes de cuota reducida durante 12 meses, ampliable otros 12 si tus rendimientos son inferiores al salario mínimo.
El modelo 036. Desde el 3 de febrero de 2025, el modelo 037 ya no existe.
Antes de empezar la actividad. Puedes hacerlo con hasta 60 días de antelación.
Si cursas estudios superiores, sí, siempre que la actividad sea compatible con los estudios y no superes 30 horas semanales.
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