Darse de alta como autónomo siendo extranjero (2026): requisitos y pasos

Última actualización: 8 de octubre de 2026.

Quieres montar tu propio negocio, trabajar como repartidor por tu cuenta o abrir una tienda. Antes de darte de alta, hay una pregunta clave: ¿tu autorización de residencia te permite trabajar por cuenta propia? Te explicamos cómo saberlo y los pasos para darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.

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En pocas palabras

  • Para ser autónomo necesitas una autorización que te permita trabajar por cuenta propia. El NIE solo no basta.
  • Muchas autorizaciones lo permiten: arraigos (salvo el socioformativo), regularización extraordinaria, reagrupación familiar (cónyuge e hijos), familiar de español, larga duración…
  • Los pasos son: alta censal en Hacienda (modelo 036) y alta en la Seguridad Social (RETA), antes de empezar la actividad.
  • Si es tu primera alta o no has sido autónomo en los últimos 2 años, puedes pagar una cuota reducida de 80 € al mes durante 12 meses (ampliable a 24).
  • Desde fuera de España, existe una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia, que se pide en el consulado.

¿Mi autorización me permite ser autónomo?

Tu autorización ¿Puedes trabajar por cuenta propia? Fuente
Arraigo social, sociolaboral, familiar o de segunda oportunidad Sí, sin limitación de zona ni sector Art. 131 del Reglamento de Extranjería
Arraigo socioformativo No: solo por cuenta ajena, hasta 30 horas Art. 131 del Reglamento
Regularización extraordinaria Sí Hoja informativa n.º 28 ter
Reagrupación familiar (cónyuge, pareja, hijos en edad laboral) Sí, sin trámite adicional Hoja informativa n.º 8
Familiar de español Sí Hoja informativa n.º 18
Larga duración Sí, como un español Hojas informativas n.º 49 y 50
Estancia por estudios superiores Sí, si es compatible con los estudios y sin pasar de 30 horas semanales Art. 57 del Reglamento
Búsqueda de empleo tras los estudios No Hoja informativa n.º 20
Residencia no lucrativa No Hoja informativa n.º 6
Residencia y trabajo por cuenta ajena No directamente: necesitas una modificación Hoja informativa n.º 55

Si tu autorización es solo por cuenta ajena y llevas más de un año de residencia, puedes pedir la modificación a residencia y trabajo por cuenta propia (formulario EX-26). Te lo explicamos en permiso de trabajo.

¿Y si todavía estoy en mi país?

Existe una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia (Hoja informativa n.º 14). Se pide en el consulado español con el formulario EX-07 y exige, entre otras cosas:

  • la cualificación o experiencia necesaria para tu actividad (y la colegiación, si es una profesión regulada);
  • cumplir los requisitos para abrir la actividad (licencias o declaración responsable);
  • demostrar que la inversión es suficiente y su efecto en el empleo. Se puede acreditar, por ejemplo, con un informe de valoración de organizaciones de autónomos como ATA, UPTA, CIAE, OPA o UATAE.

Tasas: 10,94 € (790-052) y 203,84 € (790-062). Si te la conceden, la primera autorización dura un año y se limita a una comunidad autónoma y a un sector de actividad. Tras entrar en España, tienes 3 meses para darte de alta en la Seguridad Social.

¿Cómo me doy de alta como autónomo paso a paso?

1. Alta en Hacienda (alta censal)

Presenta el modelo 036 de declaración censal en la Agencia Tributaria. Desde el 3 de febrero de 2025, el antiguo modelo 037 (declaración censal simplificada) ya no existe, así que el alta como autónomo se hace con el modelo 036.

En el 036 indicas tu actividad (epígrafe del IAE), tu domicilio fiscal y el de la actividad, y los impuestos que te corresponden.

2. Alta en la Seguridad Social (RETA)

Date de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el portal Import@ss de la Seguridad Social.

  • Debes hacerlo antes de empezar la actividad. Puedes hacerlo con hasta 60 días de antelación. Si ya has empezado, el alta se considera fuera de plazo a todos los efectos.
  • Te pedirán, entre otros datos: tu código de actividad (IAE y CNAE), la fecha de inicio, el domicilio de la actividad, una estimación de tus rendimientos netos anuales (la cuota depende de ellos), la mutua colaboradora y la cuenta bancaria para la cuota.

3. Licencias municipales

Según tu actividad, necesitarás una licencia o una declaración responsable del ayuntamiento, sobre todo si abres un local. Consúltalo en el ayuntamiento antes de firmar un alquiler.

¿Cuánto pagaré a la Seguridad Social?

Desde 2023, la cuota de autónomos depende de tus rendimientos netos. Para empezar, existe una cuota reducida:

Dato Detalle
Importe 80 € al mes
Duración 12 meses
Ampliación 12 meses más si tus rendimientos netos anuales son inferiores al salario mínimo
Quién puede pedirla Quien se da de alta por primera vez o no ha sido autónomo en los 2 años anteriores (3 años si ya la disfrutó antes)
Base legal Art. 38 ter de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo

La cuota reducida se pide al hacer el alta en Import@ss. Algunas comunidades autónomas tienen ayudas que cubren esa cuota. por confirmar

¿Qué errores debo evitar?

  • Darte de alta sin una autorización que permita la cuenta propia. Puedes tener problemas en tu próxima renovación.
  • Empezar a trabajar antes del alta en la Seguridad Social.
  • Calcular mal tus rendimientos previstos: la cuota se regulariza después.
  • Olvidar las licencias municipales si abres un local.
  • No cumplir con Hacienda y la Seguridad Social: es un requisito para renovar tu autorización por cuenta propia.

⚠ Cuidado con las estafas

  • Desconfía de quien te ofrece "darte de alta de autónomo" para conseguir papeles sin una actividad real.
  • El alta en Hacienda y en la Seguridad Social es gratuita en sus sedes oficiales. Si contratas una gestoría, pide presupuesto.

¿Necesitas ayuda?

Ayuda gratuita: las organizaciones de autónomos y los servicios municipales de empleo y emprendimiento suelen asesorar gratis. Mira Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm y Orihuela.

Gestorías:

Consulta en el directorio los profesionales de Alicante. El distintivo «Verificado» solo indica que se ha comprobado el número de colegiado o la habilitación con su Colegio profesional (ver metodología); no es una recomendación ni una garantía de resultado. Recuerda que también existen opciones gratuitas.

Gestorías en Alicante

Preguntas frecuentes

¿Puedo ser autónomo con NIE?

El NIE no basta. Necesitas una autorización de residencia que te permita trabajar por cuenta propia.

¿Puedo ser autónomo con el arraigo social?

Sí. El arraigo social, sociolaboral, familiar y de segunda oportunidad permiten trabajar por cuenta propia sin limitación de zona ni sector. El socioformativo no.

¿Cuánto cuesta ser autónomo el primer año?

Si cumples los requisitos, 80 € al mes de cuota reducida durante 12 meses, ampliable otros 12 si tus rendimientos son inferiores al salario mínimo.

¿Qué modelo uso para darme de alta en Hacienda?

El modelo 036. Desde el 3 de febrero de 2025, el modelo 037 ya no existe.

¿Cuándo tengo que darme de alta en la Seguridad Social?

Antes de empezar la actividad. Puedes hacerlo con hasta 60 días de antelación.

¿Puedo ser autónomo con una estancia de estudiante?

Si cursas estudios superiores, sí, siempre que la actividad sea compatible con los estudios y no superes 30 horas semanales.

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